Con fundamento en lo antes señalado este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente querella interpuesta por el abogado Stalin A. Rodríguez S. actuando como apoderado judicial de la ciudadana Francisca del Carmen Urbano Silva, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA, por estimar que tal conocimiento corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Estado Lara, al cual se ordena remitir el expediente.