En virtud a los razonamientos anteriormente expresados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por LEON AMELINCKX e ISABEL TERESA DE ARMAS DE AMELINCKX contra INVERSIONES ILERJU S.A “ILERJUSA” y como consecuencia de ello, extinguida la hipoteca de segundo grado constituida a favor de INVERSIONES ILERJU S.A “ILERJUSA”, en el documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 24 de septiembre de 1.987, bajo el Nº 9, Tomo 56, Protocolo 1, sobre el apartamento distinguido con el número 116-B, ubicado en la Planta 11 del Edificio Centro Polo I, situado en la Calle Gracilazo con Avenida Chama, Urbanización Bello Monte, Municipio Baruta del Estado Miranda el cual tiene una superficie de och.....