Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte intimante contra la decisión de fecha 07 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el abogado JOSE AUGUSTO SOARES BAUTIS contra el ciudadano JOSE RAFAEL HERNANDEZ ALFONSO, por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales. TERCERO: SE CONFIRMA EL FALLO APELADO. CUARTO: No hay condenatoria en costas.