Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado Enrique Pérez Bermúdez, actuando como apoderado judicial del ciudadano ALCIBIADES LUJANO BRAVO, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA).
SEGUNDO: Se declara la nulidad del acto sancionatorio contenido en la Orden Administrativa Nº GN-9085 dictada por el Comandante General de la Guardia Nacional de fecha 07 de julio de 2006, mediante el cual se pasó a situación de retiro al querellante; en consecuencia se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, concretamente al Comandante General de la Guardia Nacional reincorporar al querellante al cargo de Cabo Primero de la Guardia Nacional, con el p.....