Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda de contenido patrimonial ejercida por el abogado Henry Lárez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.378, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.893.944, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
- SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.