Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, que interpuso la ciudadana GERLY PEÑA CHACON, titular de la cédula de identidad N° CIV- 11.938.573, contra la Empresa " GRUPO LATINOAMERICANO ACM, CA., Condenándose a ésta al pago de la cantidad de Bolívares CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON CERO SIETE CENTIMOS (Bs. F 46.273,07), por los conceptos: Antigüedad, vacaciones vencidas, bono vacacional fraccionado, diferencia de antigüedad, utilidades fraccionadas,