Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes a la Transacción celebrad entre las partes en fecha 12/11/2014, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO tiene incoado ISSA AZZIZ ASMAR NACHAR contra COMERCIALIZADORA 231064, C.A., anteriormente identificados y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE. Expídanse por secretaría las copias certificadas solicitadas, de conformidad con los artículos 111 y 112 del eiusdem.