Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, en la cual se declaró que NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO ALGUNO en el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de septiembre de 2005, por el abogado ESTEBAN GUART GUARRO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 19 de septiembre de 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio de tránsito, interpuesto por la firma mercantil DISTRIBUIDORA LA SIERRA, C.A., contra la empresa SEGUROS LA PREVISORA, C.A. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.