En consecuencia, este tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, niega la Admisión de la demanda instaurada por la Sociedad mercantil INVESORA INSECAR, C.A, en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE SALAZAR RODRÍGUEZ, ambos sufrientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión, por no cumplir con los requisitos de admisibilidad a que se refiere el artículo 643 , ordinal 2º. del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.