Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado JUAN RAFAEL GARCÍA GAGO, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ARQUIBIB C.A., contra el acto administrativo de fecha 12 de junio de 2013, signado con la nomenclatura GDC-OF-CJ-095-2013, dictado por la CONSULTORÍA JURÍDICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD absoluta del acto administrativo de fecha 12 de junio de 2013, signado con la nomenclatura GDC-OF-CJ-095-2013, dictado por la CONSULTORÍA JURÍDICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, mediante el cual se notifica a la empresa hoy recurrente que dicho Ente ocupará de manera permanente el área de sótano que actualmente utiliza la misma en el Edificio Toromaina, así mism.....