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Decisiones del dia 25/04/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2007-000186 N° Sentencia : Fecha: 25/04/2007
Procedimiento:
Resolución De Contrato
Partes:
ADMINISTRADORA JERICÓ C.A CONTRA JAVIER EDUARDO TORRES
Resumen:
...Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día 19 de marzo de 2007, fecha en la cual se admitió la demanda, hasta la presente fecha no existe ningún acto de procedimiento encaminado a ello, lo que evidencia que en el presente juicio han transcurrido más de treinta (30) días, sin que exista constancia en autos de que la parte actora haya dado cumplimiento alguno a las obligaciones que le impone la Ley para realizar las diligencias tendientes a la practica de la citación de la parte demandada, por lo que de conformidad con la norma citada, el término de perención está totalmente consumado. Todo lo anterior, es traducido en inactividad procesal, dentro de los preceptos sancionatorios previstos en el trascrito artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando éste Tribunal que se da el mencionado presupuesto sancionatorio por inactividad de las partes, por lo que de conformidad con la referida normativa, administrando justicia, en no.....
Juez/Ponente:
Leticia Barrios Ruiz
Organo:
Juzgado Cuarto de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2007-000516 N° Sentencia : Fecha: 25/04/2007
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
INVERSIONES P.M.S.D, C.A CONTRA MARÍA ELIZABETH MARÍN ESPINOZA
Resumen:
En ese sentido debe señalarse que la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Ley especial que regula la materia, cuya vigencia empezó a regir a partir del mes de enero del año 2000; expresamente señala en su artículo 34, que sólo podrá demandarse el desalojo de un inmueble arrendado bajo contrato de arrendamiento verbal o por escrito a tiempo indeterminado cuando la acción se fundamente en las causales establecidas en dicho artículo. En el caso bajo estudio, el contrato objeto de la presente demanda es un contrato a tiempo indeterminado, de acuerdo con los argumentos anteriormente expresados, razón por la cual, se hace forzoso para este Tribunal negar la admisión de la presente demanda, por ser contraria a una disposición de la Ley. Así se decide. En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y.....
Juez/Ponente:
Leticia Barrios Ruiz
Organo:
Juzgado Cuarto de Municipio
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