En consecuencia se procede a impartir su HOMOLOGACION al escrito transaccional, sin menos cabo de algún derecho del trabajador, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático, una vez vencido el correspondiente lapso de apelación, establecido en los artículos 288 y 289, del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo en acatamiento a la presente sentencia, se acuerda que la unidad de Depósitos de Bienes (O. D. B.), proceda a realizar, la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, a su vez los intervinientes, deberán solicitarlas por ante la (U. R. D. D.), y retirarlas por la Oficina de Atención al Público (O. A. P.). mediante escrito . Líbrese oficio, a la unidad de Depósitos de Bienes (O. D. B.),
Igualmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitada.....