DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 206, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26, 49 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: NULA la sentencia de fecha 30 de enero de 2017, proferida por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró entre otras cosas con lugar la demanda de desalojo incoada por el ciudadano Enrique Jorge Espinosa, contra la sociedad mercantil Corporación de Servicio Automotriz RIVALNAY, .C.A., partes suficientemente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: SE REPONE el presente juicio al estado de la correcta evacuación de las pruebas de informe.....