Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar del recurso de revisión propuesto por la Juez Cuarto de Primera Instancia en función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, abogado Milagros Herrera Abache, a favor del penado Luis Alberto Urbina, en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de marzo de 2005, por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, quedando en definitiva la pena que deberá cumplir el penado Luis Alberto Urbina en veinte (20) años de prisión y las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.