este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES QUINIENTOS MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.500.000,00); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción, todos aquellos contentivos en el escrito libelar; y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, el cual fue girado a favor del Trabajador, contra Banco Mercantil Banco Universal, cheques Nº93619599 y N°31619600, de fecha 7 de mayo de 2018, el primero por la cantidad de Bs.400.000,00 y el segundo por Bs.100.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y l.....