Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad funcionarial, ejercido por el ciudadano JAIME ANTONIO BRACHO ORDOÑEZ, por intermedio de su apoderado judicial, abogado SIMÓN ANTONIO BRACHO OSORIO, ambos, suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 101, dictado en fecha 6 de marzo de 2001 por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, hoy Ministerio del Poder Popular para la Salud.