En consecuencia, se observa que el presente asunto se encuentra en fase de ejecución forzosa de sentencia, es por lo que este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese Oficio.
LA JUEZA;
BEATRIZ B. GONZALEZ.
EL SECRETARIO ACC.;
JEAN CARLOS AGUANA.
BBG/Dr