Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre bienes de la parte demandada, ciudadano ANDRES ALEXANDER VALERIO NUÑEZ, hasta cubrir la cantidad de Un Millón Cuarenta y un Mil Trescientos Setenta y Cuatro Bolívares con Veinticinco Céntimos (Bs. 1.041.374,25), que incluye el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas por este Tribunal en un veinticinco por ciento (25%); con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma deberá practicarse hasta cubrir la cantidad de Quinientos Setenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Un Bolívares con Veinticinco Céntimos (Bs. 578.541,25), cantidad ésta que incluye la cantidad demandada más las costas calculadas por este Tribunal. A los .....