Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado LUIS BETANCOURT ZURITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.647, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano YOVANNI RAMIREZ JEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 6.453.962, contra el acto administrativo jubilatorio identificado con el Nro. 9700-104-087, aprobado en fecha 30 de enero de 2009, con fecha efectiva para su aplicación a partir del día 01 de febrero de 2009, emanado de la Coordinación Nacional de Recursos Humanos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA válida la Jubilación de Oficio otorgada a la querellante por la Coordinaci.....