DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados MAX ENRIQUE VALDIVIESO ARANDA y ARGIMIRO SIRA MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.88.571 y 1.259, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano DANIEL JESÚS MIJARES, titular de la Cédula de Identidad Nº.6.866.816, en contra del ciudadano ARISTOBULO IZTURIS, en su condición de Ministro de Educación y Deportes.