DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en relación con la Sentencia N° 7, Expediente N° 00-0010, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01/02/00, en Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, dictar AUTO SANEADOR, para que los Accionantes precisen la información requerida dentro del lapso ut supra establecido, contado a partir del recibo de la Notificación del presente auto so pena de ser declarada inadmisible la presente Acción de Amparo Constitucional. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación Díaricese y Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. JESÚS ORANGEL.....