La controversia planteada en el caso bajo examen se circunscribe a decidir sobre la procedencia del régimen sancionatorio previsto en el artículo 115 de la Ley Orgánica de Aduanas de 1978, aplicable rationae temporis a la presente causa, por el incumplimiento de las obligaciones y condiciones establecidas para la autorización del ingreso de las mercancías bajo el régimen de los almacenes generales de depósito, con diferimiento de pago de los impuestos de importación, o si, por el contrario, resulta procedente aplicar un resarcimiento por la vía del pago de los intereses moratorios previsto en el Código Orgánico Tributario de 1992.
Ahora bien, antes de emitir un pronunciamiento de juicio en relación con la controversia planteada, resulta fundamental hacer un análisis de la normativa existente en materia de tributación aduanera, vigente para el caso que nos ocupa.