Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la querella interpuesta por la abogada Teresa Herrera Rísquez actuando como apoderada judicial de la ciudadana NORMA ROSA ROMERO DE DIAZ, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS).
SEGUNDO: ORDENA recalcular el monto de la jubilación de la querellante, para que ese nuevo cómputo se haga, según ya se resolvió, considerándose como sueldos a promediar, los que percibió en los últimos veinticuatro (24) meses de servicio, cuales son los transcurridos del 01-01-2006 al 01-01-2008; deberá sumársele a ese cálculo la suma que percibió la misma como prima por razones de servicio, bono por evaluación del desempeño, bono único de eficiencia, el bono de productividad .....