declara la pérdida de su competencia en razón del territorio, para continuar conociendo de la presente causa. En consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Área No Penal de esta Circunscripción Judicial, a objeto de que lo envíe al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la misma Circunscripción, a los fines de su sustanciación.