Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de 2017, por el por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: se declara CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato incoada por el ciudadano ALEJANDRO BLANCO RODRIGUEZ contra la ciudadana MARÍA LUISA GOMEZ CAÑEDO (ambos plenamente identificados en esta decisión). En consecuencia, se declara el desalojo del local comercial denominado M-30, ubicado en la planta baja, piso 2 (Nivel Miranda) Centro Lido, ubicado entre las Avenidas Francisco de Miranda, N.....