DECISION: OÍDAS LAS EXPOSICIONES DE LAS PARTES Y SUS ALEGATOS, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL No. 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
PRIMERO: Tomando en consideración el acta policial que da origen a la presente causa en la que se detallan las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la aprehensión del ciudadano TONY JOSE RODRIGUEZ HERNANDEZ, titular Cédula de Identidad Nº V-19.779.150, nacido el 16-01-1991, de 20 años de edad, Venezolano, Estado Civil: Soltero, de Ocupación: ALBAÑIL, residenciado en el barrio san benito, sector propatria, carrera 12 entre calles 2 y 1-a calle principal, casa nº P-36 frente a la iglesia perpetuo socorro TELEFONO 0426.954.52.68. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL IMPUTADO NO PRESENTA OTRO ASUNTO EN EL SISTEMA JURIS 2000, en posesión de la sustancia descrita en la prueba de orientación la cual arrojó un peso neto que encuadra en las dosis establecidas en la.....