En base a las razones antes expuestas, este JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Greloisida, en su carácter de Juez Juez Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda de nulidad intentada por la sociedad mercantil INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A., contra la Providencia Administrativo N° 0065-12, de fecha 25/06/2012, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT), del Distrito Capital y Vargas, órgano adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.