Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la apelación intentada por la representación judicial de la parte demandada el 31 de julio de 2006, contra el auto dictado en este juicio por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 18 de mayo de 2006. En consecuencia, se declara terminada la ejecución de la presente causa.
Queda REVOCADO el auto apelado.
No hay condenatoria en las costas del recurso, dado el carácter revocatorio de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintiséis (26) de enero de 2006. Año.....