Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por el grado formulada por la abogada Elizabeth Dávila, en su condición de juez provisoria del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Carora y se declaró la competencia de esta alzada para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto en fecha 22 de octubre de 2010, por el ciudadano Cesar Augusto Díaz Otolora, en el juicio por desalojo y pago de los cánones insolutos, seguido por la sociedad mercantil Inversiones Sagitario 5, C.A., contra el ciudadano Cesar Augusto Díaz Otolora.