Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la acción de cumplimiento de contrato de compraventa incoada por el ciudadano PEDRO LUÍS DÍAZ TOVAR contra los ciudadanos ALFREDO CUSI RACCIOPPO y VIVIANA DUQUE DE CUSI, ambas partes identificadas al comienzo de esta sentencia. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 19 de junio del 2014 por el abogado FRANCISCA LÓPEZ, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, ciudadano PEDRO LUÍS DÍAZ TOVAR, contra la sentencia dictada el 16 de septiembre del 2013 por el Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas en función Itinerante de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Ár.....