DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, ESTA SALA 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada VIRGINIA GARCIA, Defensora Pública Nonagésima Novena (99°) del Área Metropolitana de Caracas, en representación de los ciudadanos MIGUEL ANGEL MOILAN LIRA, titular de la cédula de identidad número V-21.285796, y YORDI ALBERTO MARROQUI, titular de la cédula de identidad número V-19.400.527, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de noviembre de 2015, por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en Audiencia de Presentación mediante la cual decide decretar la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en e.....