Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado FELIX ENRIQUE CARRASQUEL PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 128.685, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA LUCIA GONZÁLEZ SOLÓRZANO, contra el extinto Instituto Autónomo Consejo Nacional de la Vivienda ente adscrito al Ministerio del Desarrollo Urbano (ahora Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat) y declina su conocimiento en la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.1 y 25.1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.
En virtud de lo anter.....