Con fundamento en la motivación que antecede, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Abogado Nélida Rojas Montero ampliamente identificada en autos, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "MEDITRON, C.A.", contra de la Resolución N° 000076 de fecha 30 de enero de 2004, emitida por la Dirección General de Rentas Municipales de la Alcaldía del Municipio Sucre de Estado Miranda, mediante la cual se ratifica el reparo formulado a la mencionada contribuyente, por la cantidad de CARTORCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 14.145. 438,00), por impuestos causados y no declarados, en base a los Artículos 46 y 47 de la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio.
2.- SE REVOCA el auto de admi.....