Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada DULLESSY GALÍNDEZ, obrando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DE CUSTODIA, SEGURIDAD Y TRASLADO DE VALORES DE BLINDADOS PANAMERICANOS BLINPLASA MARACAY (SINRETCUSTRABLINPAS), contra los actos administrativos contenidos en los Autos signados con los Nos.2007-0845 y 2007-0818, respectivamente, de fecha 06 de septiembre de 2007, dictados por la Dirección de Inspectoría Nacional y Asuntos Colectivos del Trabajo del Sector Privado, mediante los cuales, declaró válidas las subsanaciones efectuadas por las partes intervinientes en la disc.....