Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la acción de amparo interpuesta por el abogado Alirio Gómez, actuando como apoderado judicial del ciudadano TIMOTEO JUSTO BARRIOS, contra el desacato de la "CORPORACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR, S.A." a dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 426-07 dictada en fecha 15 de mayo de 2007 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el nombrado ciudadano contra la citada Corporación.