La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.-DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos identificados en el Capítulo I, en sus numerales 1, 2, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5, 4.6, 4.7, 4.8, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 5.9, 5.10, 5.11, 5.12, 5.13, 5.14, 5.15 y 6, del Escrito de Promoción de Pruebas.