VI
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones y artículos 2, 23, 26 y 253 Constitucionales, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 601 y 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ABSUELVE al acusado (SE OMITE IDENTIDAD), nacido en Caracas el 03-10-86, hoy con 20 años de edad, soltero, residenciado en callejón La Esperanza, casa Nº 54, sector Colegio Simón Bolívar, Barrio San Blas, Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, por la comisión de los delitos de Hurto Calificado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en agravio de Inés María de Aguas Marimon y el Orden Público. Así mismo, se ordena la cesación de las restricciones impuestas provisionalmente. ASI SE DECIDE. Diarícese, Publíquese.
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