En lo referente a la prueba de exhibición de documentos promovida en el Capítulo I del referido escrito de pruebas, donde solicita la exhibición del "Reglamento Orgánico de esa Institución" y "los originales del Registro de Información de Cargo", fundamentando que los cargos de libre nombramiento y remoción son calificados en dichos instrumentos jurídicos. Este Tribunal observa que el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil prevé como medio probatorio la exhibición de documentos, estableciendo como requisitos de su admisión la carga del promovente de acompañar una copia del documento, o en su defecto la afirmación de los datos que conozca el solicitante acerca del contenido del mismo y un medio de prueba que constituya por lo menos presunción grave de que el instrumento se halla o se ha hallado en poder de su adversario. En ese sentido este Tribunal al verificar el escrito de promoción de pruebas presentado por el apoderado judicial de la querellante, constata que no se cumplió .....