DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE la inhibición presentada el 19 de marzo de 2015, por los ciudadanos ALEJANDRO CHIRIMELLI, LUÍS DÍAZ LAPLACE y ANGÉLICA RIVERO BERMÚDEZ, en su condición de Jueces Integrantes de la Corte de Apelaciones Sala Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, quienes pretenden apartarse del conocimiento de la causa Nº 3Ac-4809-15 (nomenclatura de esa Corte de Apelaciones), seguida en contra de la ciudadana FATIMA GOUVEIA RODRÍGUEZ, la cual se encuentra fundamentada en el artículo 89 numeral 7 en relación con el artículo 90, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE la prueba documental referida a la Copia Certificada de la Decisión del 2.....