Por las razones de hecho y de derecho expuestas, esta Sala Accidental Segunda (de Reenvío) para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: ABSUELVE, DECLARANDO NO CULPABLE al ciudadano RAFAEL JOSÉ VISCAYA TORREALBA, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, de los cargos que les fueron formulados por el Ministerio Público, por la comisión de los delitos de Homicidio Agravado (fratricidio), Lesiones Personales Graves y Uso Indebido de Arma de Reglamento, previstos y sancionados en los artículos 409 ordinal 1º, 417 y 282, todos del Código Penal aplicable para el momento de los hechos (artículos 407 ordinal 1º, 415 y 281, en el Código actual), en virtud de haber actuado el referido ciudadano, en la circunstancia de DEFENSA SUBJETIVA (PUTATIVA), todo de conformidad con lo disp.....