Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- Inadmisible el recurso de apelación intentado por los abogados CARLOS GUILLERMO DOMINGUEZ HERNÁNDEZ, LISETTE GARCÍA GANDICA y EDGARD SIMÓN RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JUAN VICENTE ARDILA PEÑUELA, EDGAR GONZÁLEZ VILLALOBOS, CARLOS ALBERTO HENRIQUEZ SALAZAR y MARIELA CASTRO GUERRERO, contra el auto dictado en fecha 23 de enero del 2014, por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO.- Queda CONFIRMADO el auto proferido el 23 de enero del 2014 por el juzgado de la causa.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia ce.....