Por lo antes expuesto, este tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por la ciudadana JULY CORDERO, actuando en su propio nombre y representación como parte demandada., contra la sentencia dictada por este Tribunal el 11 de mayo del 2015, en el juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana FATIMA CECILIA FERREIRA MARTÍNEZ contra la ciudadana JULY DEL VALLE CORDERO.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.