Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano LUÍS ÁNGEL HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.441.318, debidamente asistido por el abogado Carlos Eduardo Urbina Esteves, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 107.433.
Publíquese, regístrese y notifíquese al Presidente de la Superintendencia Nacional de Valores así como al Ministro del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública y al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela.