En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, y Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT), en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a la presente transacción en los términos en que fue expuesta. Así mismo, visto que el pago fue realizado de manera única y en dinero en efectivo, se da por terminada la presenta causa, se ordena el cierre informático y archivo definitivo del expediente.