Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y minuciosamente analizados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:ÚNICO: MANIFIESTAMENTE IMPROPONIBLE POR INFUNDADA LA PRETENSIÓN contenida en la demanda presentada por el ciudadano JUAN MARTIN ESPÍNOZA PEREZ, Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V-10.123.832 y de este domicilio contra la ciudadana GLORIA GERARDINA ESPINOZA GARCIA, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de Identidad N° V- 7.466.269, y de este domicilio.
PUBLIQUESE. REGISTRESE. Y DEJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara con sede en Barquisimeto a los Veintiséis (26) de Mayo del Año Dos Mil Veintidós (2022). Años: 212º y 163º. Sentencia N° 21. Asiento .....