Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por los abogados Alexis Pinto D¿Ascoli y Gustavo Urdaneta Troconis, actuando como apoderados judiciales del ciudadano Ángel José Alvarado González, titular de la cédula de identidad N° 3.286.468, contra la República Bolivariana de Venezuela, Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat hoy Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (FONDUR).
SEGUNDO: Se ordena al Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, proceda a incluir al querellante en la póliza de seguro de hospitalización, cirugía, maternidad y gastos funerarios, si la tuviera o en su defecto realizar los trámites pertinentes, pa.....