Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la oposición efectuada por la abogada CARMEN LAURA ROMERO Q., en su carácter de defensora judicial de la ciudadana CARMEN AIDA MARTÍNEZ VERA, parte demandada, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoara en su contra el ciudadano FELIX ROSENDO RODRÍGUEZ SIMÓN, ambas partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se ORDENA continuar el procedimiento ejecutivo de conformidad con lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, hasta los actos finales de remate y adjudicación del inmueble hipotecado.
TERCERO: Se CONDENA a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código d.....