Al ciudadano MIGUEL ÁNGEL YÉPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.996.214, venezolano, de 26 años de edad, nacido el 17.07.83, soltero, mecánico, hijo de José Yépez y de Rosa Pérez, domiciliado en carrera 30 entre calles 33 y 34, casa N° 33-22, Barquisimeto, Estado Lara; en fecha 03.05.10 se le acumularon las penas de TRES AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, contemplado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, dictada por el Tribunal Decimotercero Itinerante de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02.11.06. y TRES AÑOS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Su.....