Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación, interpuesto por el abogado EFRAÍN SANCHEZ, IPSA N° 33.908, contra el Acta de fecha 13 de junio de 2012, dictada por el Tribunal Décimo Octavo (18°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada. En consecuencia se ordena al Juzgado Décimo Octavo (18°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que una vez que reciba el presente expediente, fije por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. Dejándose constancia que no hace falta la .....