Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de al Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte codemandada, SUPERINTENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, O SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN), contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 31 de enero de 2013, la cual queda modificada en lo que atañe a la referida SUDEBAN. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda en lo que respeta a las otras codemandadas. TERCERO: Se condena a INVERSIONES CREDIVAL, C.A. y PROMOTORA INMOBILIRIARIA OSVILU, C.A. (Inversiones Osvilu, C.A.), empresas intervenidas ya identificadas, a pagar a las actoras, los siguientes conceptos y montos: 1.- Treinta (30) días de preavis.....